¿Cuáles son las obligaciones del fideicomisario de notificar a los beneficiarios el fallecimiento del creador del fideicomiso?

Cuando usted ejerce de fideicomisario, una de sus principales responsabilidades es notificar a cada heredero y beneficiario el fallecimiento del creador del fideicomiso. Además, debe notificar a cada heredero y beneficiario cuando el fideicomiso se convierta en irrevocable (lo que puede ocurrir si el creador del fideicomiso queda incapacitado).

Pero, ¿qué debe incluir exactamente esta notificación? ¿Qué plazo tiene el administrador para notificar? ¿Debe incluirse una copia del fideicomiso? Para obtener respuestas a cada una de estas preguntas, consulte el post más reciente de Max Alavi APC, OC Fideicomisos Abogado.

¿Qué obligaciones tiene el fiduciario de notificar a los beneficiarios el fallecimiento del creador del fideicomiso?

Cuando usted ejerce de fideicomisario, una de sus principales responsabilidades es nombrar a alguien que actúe como su sucesor, haciéndose cargo de la administración del fideicomiso tras su fallecimiento. Dadas las pesadas responsabilidades que conlleva la gestión de un fideicomiso, no es un deber que deba tomarse a la ligera. Sin duda, es importante encontrar a alguien bien organizado, digno de confianza y competente. Lo ideal es que sea alguien que viva cerca.

El fideicomisario sucesor tendrá una serie de obligaciones que cumplir, y una de ellas será notificar su fallecimiento a todos los beneficiarios y herederos nombrados en el fideicomiso. Cada beneficiario y heredero debe recibir la notificación de que el fideicomisario ha fallecido en un plazo de 60 días. Además, el fideicomisario sucesor debe avisar a cada beneficiario y heredero si el fideicomiso se convierte en irrevocable (lo que puede ocurrir si el creador original del fideicomiso queda incapacitado).

Obligación de notificación del administrador

¿Qué tipo de información debe comunicarse a los herederos y beneficiarios del fideicomiso? Según el artículo 16061.7 del Código de Sucesiones de California, la notificación debe incluir la siguiente información:

  • El nombre de la persona que creó el fideicomiso y la fecha en que se firmó.
  • La dirección del lugar físico donde se administrará el fideicomiso.
  • Cualquier detalle que exijan específicamente las condiciones del fideicomiso.
  • Una notificación de que una copia fiel y completa del fideicomiso está disponible previa solicitud razonable.
  • Un aviso sobre el plazo de 120 días para impugnar el fideicomiso.

La notificación no tiene por qué incluir una copia del propio fideicomiso. Dicho esto, suele ser aconsejable facilitar una copia del fideicomiso, ya que puede minimizar el riesgo de que se amplíe el plazo de impugnación de 120 días.

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Al considerar los deberes del fiduciario y tratar de ejecutarlos con fidelidad y prudencia, es natural que surjan algunas preguntas. Por eso es importante ponerse en contacto con un abogado acreditado especializado en fideicomisos testamentarios, que pueda asesorarle sobre cómo actuar como fideicomisario eficaz y cómo cumplir sus obligaciones legales con cada heredero y beneficiario.

Max Alavi APC, OC Fideicomisos Abogado, tiene una trayectoria ejemplar en la vida de confianza y la ley de sucesiones, y es un aliado inestimable para los fideicomisarios en toda la zona del Condado de Orange. Un destacado historial de victorias legales, junto con una cartera de críticas elogiosas, dan fe de su habilidad y experiencia. Si usted tiene alguna pregunta acerca de un fideicomiso en vida o sobre la ejecución de los deberes de un administrador, llegar a Max Alavi APC, OC Fideicomisos Abogado hoy.